Uno de los principales beneficios provenientes de la reforma en materia de telecomunicaciones ha sido la caída en los precios de los servicios de voz, especialmente a través de las redes móviles. Lo anterior fue producto de diversos factores como el avance tecnológico, la entrada de los Operadores Móviles Virtuales (OMV) al mercado mexicano, de competidores como AT&T y presiones competitivas provenientes de servicios sobre Internet como las aplicaciones de voz y de mensajería instantánea.
Actualmente, se encuentra en discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la inconstitucionalidad de la llamada “tarifa cero” contemplada en el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), es decir, la posibilidad de los operadores de telecomunicaciones de terminar llamadas gratuitamente en la red de Telmex-Telcel.
Es decir, Movistar y AT&T no están obligadas a pagar la tarifa de interconexión cada vez que uno de sus usuarios llama a otro de Telcel. Mejor dicho, Telmex-Telcel están obligados a no cobrar por el tráfico de voz fija y móvil que termina en sus redes.
La interconexión cuesta. El razonamiento económico detrás de esta indulgente política para ciertos operadores es que serviría para que éstos pudieran competir a la par del agente económico preponderante (AEP), el cual por tener la red más amplia y de mayor cobertura, puede acceder a una mejor estructura de costos.
Según el reporte elaborado por Mediatelecom & Policy, Movistar y AT&T no están obligadas a pagar la tarifa de interconexión cada vez que uno de sus usuarios llama a otro de Telcel. Mejor dicho, Telmex-Telcel están obligados a no cobrar por el tráfico de voz fija y móvil que termina en sus redes.
Habría que señalar en principio que ninguna red, por muy grande que sea, opera en costo “cero”. Cualquier llamada de voz o mensaje de texto que se envía genera un costo a la red para su mantenimiento, expansión y modernización.
La interconexión es un servicio fundamental y genera un costo que debe ser, o bien acordado libremente entre los operadores, o bien ser calculado por el regulador con base en un modelo de costos. Aun cuando algunos operadores buscaban incrementar las economías de red al ofrecer llamadas gratuitas entre sus usuarios, es ingenuo pensar que el operador preponderante no incurrirá en algún costo por la oferta del servicio.
Tarifa cero = menos inversión en infraestructura. (acceda a la segunda parte del análisis) Evidentemente, tomando en cuenta el estado actual de los precios de los servicios de telecomunicaciones, a los competidores les hace más sentido continuar utilizando infraestructura de manera gratuita de forma indefinida, sin mayor presión sobre los márgenes de operación, que asumir un nuevo costo por la instalación y mantenimiento de infraestructura propia.
La encrucijada para los reguladores se encuentra en hallar el equilibrio de una regulación que permita la reducción constante de los precios para los usuarios finales en línea con las eficiencias y escala de los operadores, al tiempo que se fija un precio por acceso a la infraestructura que permita una competencia justa y la expansión de la infraestructura.
La interconexión es un costo que permite reinvertirlo en la expansión de la infraestructura. Debido a que el preponderante está obligado por regulación asimétrica a compartir su infraestructura y permitir el acceso no discriminatorio a la misma (para lo cual América Móvil creó Telesites para el mercado inalámbrico y creará otra empresa para el mercado mayorista fijo), convendría a sus competidores la expansión de la red preponderante, para que puedan acceder a nuevos usuarios ahí donde los competidores no invierten.