AFIP define el registro para los beneficios de la Ley de Economía del Conocimiento

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el procedimiento para que las empresas accedan a beneficios fiscales previstos en la Ley de Economía del Conocimiento.

De acuerdo con un comunicado del organismo fiscal: “La normativa habilitó además el registro donde deben inscribirse los distintos contribuyentes para adherir al régimen de promoción como también los mecanismos de coordinación con la Subsecretaría de Economía del Conocimiento del Ministerio de Desarrollo Productivo”.

La ley, que fue sancionada en octubre de 2020 y reglamentada por el Poder Ejecutivo en diciembre pasado, apunta a promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de PyMES y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento.

Entre los principales beneficios que ofrece este régimen de promoción se destaca la reducción de manera segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa; una rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales y un alícuota del 0% de derechos de exportación de servicios.

El beneficio asciende a 80% cuando se trate de nuevas incorporaciones de mujeres; personas travestis, transexuales y transgénero o profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería.

“Esta ley ofrece un esquema de beneficios, que premia la creación de trabajo nacional, fomenta la exportación y potencia el crecimiento del sector. Además, el régimen de promoción contribuye a mejorar la capacidad productiva de otros sectores productivos como el agro o la industria”, destacaba el ministro de Desarrollo Productivo de Argentina, Matías Kulfas.

Para las empresas que provienen del Régimen de promoción del Software se estipula que percibirán de manera retroactiva al 1 de enero de 2020 los beneficios de reducción de contribuciones patronales y del impuesto a las ganancias; mientras que los beneficios referidos a los derechos de exportación van a regir a partir del 22 de diciembre de 2020, fecha en que se publicó el decreto reglamentario del Poder Ejecutivo.

La administradora federal de Ingresos Públicos, Mercedes Marcó del Pont, señaló que “los beneficios de la Ley de Economía del Conocimiento premian la creación de empleo de calidad, promueven la exportación y apuntalan a un sector estratégico para el país”, según publica Telam.

La normativa contempla que dichos bonos podrán ser destinados a cancelar otros impuestos nacionales como el IVA.

La Resolución General N°4949, dispuso el procedimiento a través del cual las empresas deben inscribirse desde el sitio web para adherir al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

La normativa establece que “la AFIP verificará mediante controles sistémicos, y previo a la emisión del bono fiscal, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y previsionales de las firmas solicitantes”. La resolución también dispone las pautas para “el intercambio de información entre AFIP y la autoridad competente del Ministerio de Desarrollo Productivo, un paso necesario para garantizar que las empresas accedan a los beneficios previstos en la ley”.

Asimismo, la resolución establece la forma en que “los beneficiarios provenientes del Régimen de Promoción de la Industria del Software, podrán mantener vigentes hasta su agotamiento los saldos de los bonos de crédito fiscal no aplicados al 31 de diciembre de 2019″.

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